LFT · ISR · IMSS

Despido de un trabajador: justificado o injustificado y cómo se calcula la liquidación

Despedir a un trabajador exige una causa del art. 47 bien documentada y un aviso de rescisión por escrito; sin ellos, el despido es injustificado y corresponde la liquidación: indemnización de 3 meses, prima de antigüedad, finiquito y, en su caso, 20 días por año.

Actualizada el · Equipo editorial de Asesor de Nómina · Guía completa: 5 min de lectura · México, LFT apartado A

Respuesta rápida

Para despedir con justificación: la conducta debe estar en el art. 47 LFT, documentada (acta administrativa, testigos) y el despido debe hacerse dentro del mes siguiente a conocerla, entregando el aviso de rescisión por escrito con la conducta y la fecha (o depositándolo ante el Tribunal en 5 días hábiles). Si no hay causa o falta el aviso, el despido es injustificado y se paga la liquidación: 3 meses de salario integrado, prima de antigüedad de 12 días por año (tope 2 salarios mínimos), el finiquito y, solo en los casos de los arts. 49 y 52, 20 días por año. Exento de ISR: 90 UMA por año de servicio.

3 mesesde salario integrado en despido injustificado
1 mespara despedir desde que se conoce la falta
5 días hábilespara depositar el aviso ante el Tribunal
90 UMA por añoexento de ISR ($10,557.90)

Paso a paso: despido y liquidación

  1. Identifica y documenta la causa

    La conducta debe encuadrar en el art. 47 LFT. Levanta acta administrativa con hechos, fecha, testigos y la versión del trabajador.

  2. Decide dentro del plazo

    Tienes un mes desde que conoces la falta para rescindir (art. 517). Revisa protecciones especiales: embarazo, fuero sindical, más de 20 años de antigüedad.

  3. Entrega el aviso de rescisión

    Por escrito, con la conducta, la fecha y la causal. Si se niega a recibirlo, deposítalo ante el Tribunal Laboral en 5 días hábiles.

  4. Calcula lo que corresponde

    Justificado: finiquito más prima de antigüedad. Injustificado o negociado: además, 3 meses de salario integrado y, en su caso, 20 días por año.

  5. Paga con convenio y CFDI

    Convenio o recibo desglosado, de preferencia ratificado ante el Centro de Conciliación; CFDI extraordinario con nodo de separación.

  6. Presenta la baja

    Movimiento 02 en el IDSE dentro de 5 días hábiles: causa 8 si fue rescisión, 6 en otros casos. Cierra Infonavit y Fonacot.

Plazos y fundamento legal

ObligaciónPlazoFundamento
Rescindir por una falta1 mes desde que se conoceArt. 517 LFT
Depositar el aviso ante el Tribunal5 días hábilesArt. 47 LFT
Demanda del trabajador por despido2 mesesArt. 518 LFT
Salarios vencidos en juicioHasta 12 meses, más 2 % mensual despuésArt. 48 LFT
Baja ante el IMSS5 días hábilesArt. 15 LSS

Ejemplo de liquidación por despido injustificado

ConceptoImporte
Indemnización: 90 días × $525 de salario integrado$47,250.00
Prima de antigüedad: 72 días × $525 (bajo el tope de $630.08)$37,800.00
Total por separación$85,050.00
Exento de ISR: 90 UMA × 6 años$63,347.40
Gravado$21,702.60
ISR con tasa del último sueldo (9.4649 %)$2,054.12

Seis años de antigüedad y último sueldo mensual de $15,200. A esto se suma el finiquito (salarios, aguinaldo, vacaciones y prima vacacional).

Errores comunes que debes evitar

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ACTA ADMINISTRATIVA En [LUGAR Y FECHA], en las instalaciones de [NOMBRE DEL PATRÓN], se reúnen [NOMBRE Y PUESTO DEL RESPONSABLE], [NOMBRE DEL TRABAJADOR] ([PUESTO]) y los testigos [NOMBRES Y PUESTOS], para hacer constar los siguientes hechos: HECHOS: [CONDUCTA, FECHA, HORA, LUGAR Y PRUEBAS] DECLARACIÓN DE LOS TESTIGOS: [Lo que cada testigo vio o escuchó] DECLARACIÓN DEL TRABAJADOR: [Lo que manifiesta o la anotación de que no quiso declarar] Se cierra la presente acta firmando quienes intervinieron. Empresa ________ Trabajador ________ Testigos ________

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto me corresponde de liquidación por despido injustificado?

Tres meses de salario integrado, prima de antigüedad de 12 días por año y el finiquito (salarios, aguinaldo, vacaciones y prima vacacional). Los 20 días por año solo proceden en los casos de los arts. 49 y 52 de la LFT.

¿Qué pasa si me despiden sin carta?

Sin aviso de rescisión por escrito, el despido se considera injustificado.

¿Cuánto tiempo tengo para demandar por despido?

Dos meses desde el día siguiente al despido (art. 518 LFT). Antes debes acudir a la conciliación prejudicial.

¿Cuánto tiempo tiene el patrón para despedir por una falta?

Un mes desde que conoce la falta (art. 517 LFT).

¿La liquidación paga ISR?

Está exenta hasta 90 UMA por año de servicio. Lo que pase se grava con la tasa del último sueldo mensual.

¿Cuántas faltas son causa de despido?

Más de 3 faltas en un periodo de 30 días sin permiso ni causa justificada (art. 47 fr. X).

¿Qué causa de baja va en el IMSS en un despido?

La 8, rescisión de contrato, si fue justificado; en otros casos, la 6, otras.

Fuentes oficiales

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