Pólizas y documentos laborales

Aviso de rescisión (carta de despido): requisitos y modelo

Cuando el patrón despide por causa justificada debe entregar un aviso por escrito con la conducta y la fecha. Requisitos del art. 47, plazos y modelo.

Actualizado el · Equipo editorial de Asesor de Nómina

El patrón puede terminar la relación sin responsabilidad cuando el trabajador incurre en alguna de las causas del art. 47 LFT (faltas de probidad, más de 3 faltas en 30 días sin permiso ni causa justificada, desobediencia, presentarse en estado de embriaguez, entre otras). Para hacerlo debe entregar un aviso de rescisión por escrito.

Requisitos del aviso

  1. Por escrito, dirigido al trabajador.
  2. La conducta o conductas que motivan la rescisión, descritas con claridad.
  3. La fecha o fechas en que ocurrieron.
  4. La causal del art. 47 en la que encuadran.
  5. Entregarlo personalmente al trabajador al despedirlo o, si se niega a recibirlo, al Tribunal Laboral dentro de los 5 días hábiles siguientes, para que se lo notifique.
Importante: si no se entrega el aviso, el despido se considera injustificado por esa sola razón (art. 47, último párrafo). El patrón tiene un mes desde que conoce la causa para despedir (art. 517).

Modelo de aviso de rescisión

[Ciudad], a [día] de [mes] de [año].

C. [NOMBRE DEL TRABAJADOR]
Puesto: [PUESTO]
Presente.

Por medio del presente le notificamos que, a partir de esta fecha, [RAZÓN SOCIAL] rescinde la relación de trabajo que lo une con esta empresa, sin responsabilidad para ella, con fundamento en el artículo 47, fracción [__], de la Ley Federal del Trabajo, por los siguientes hechos:

[Describir con precisión la conducta, la fecha, la hora y el lugar en que ocurrió, y la evidencia que existe: acta administrativa, registros de asistencia, testigos].

Queda a su disposición el pago de las prestaciones que le corresponden conforme a la ley.

Atentamente,

______________________
[NOMBRE Y PUESTO DEL REPRESENTANTE DEL PATRÓN]

Recibí: ______________________ Fecha: __________

Después del aviso

  • Pagar el finiquito: salarios pendientes, aguinaldo y vacaciones proporcionales y prima de antigüedad (en despido se paga siempre).
  • Baja ante el IMSS en 5 días hábiles con causa 8 «Rescisión de contrato».
  • Conservar el acta administrativa y las pruebas de la conducta.

Errores comunes

  • No entregar el aviso o entregarlo sin fechas ni hechos concretos.
  • Despedir después de un mes de conocida la falta.
  • Invocar una causal distinta a la que se puede probar.
  • No pagar la prima de antigüedad.
Fundamento legal: Arts. 46, 47, 162 y 517 de la Ley Federal del Trabajo.

Preguntas frecuentes

¿Qué es un aviso de rescisión?

Es el documento con el que el patrón informa al trabajador que lo despide por causa justificada, con la conducta, la fecha y la causal del artículo 47 de la LFT.

¿Qué pasa si no se entrega el aviso de rescisión?

El despido se considera injustificado solo por esa falta, aunque la causa haya existido.

¿Qué hago si el trabajador no quiere recibir el aviso?

Se presenta ante el Tribunal Laboral dentro de los 5 días hábiles siguientes para que lo notifique.

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