Fonacot

Cédula Fonacot: cómo se revisa y cómo se reportan bajas (B) e incapacidades (I)

La cédula mensual indica a quién retener y cuánto. Cómo cruzarla con la nómina, cuándo reportar incidencias y qué pasa si no se reportan.

Actualizado el · Equipo editorial de Asesor de Nómina

Cada mes Fonacot publica en su portal la cédula de pago de cada centro de trabajo: la lista de trabajadores con crédito y el importe que hay que retenerles.

Paso a paso

  1. Descarga la cédula del mes en el portal de Fonacot.
  2. Crúzala con la nómina por NSS (el nombre o el RFC pueden venir distintos).
  3. Para cada trabajador: retenido en nómina (deducción 011) contra importe de la cédula.
  4. Si alguien causó baja, se reporta con B y su fecha.
  5. Si tuvo incapacidad, con I y sus fechas.
  6. Paga lo que sí se retuvo, con las incidencias reportadas, antes de la fecha límite.
SituaciónQué hacer
Retenido = cédulaPagar
Baja del trabajadorIncidencia B con fecha; pagar solo lo retenido
IncapacidadIncidencia I con fechas; pagar solo lo retenido
Retenido de menos sin incidenciaPagar la cédula completa y recuperar del trabajador
Trabajador con descuento que no está en la cédulaNo retener; revisar si el crédito terminó

Cuenta lo retenido en los recibos con fecha de pago dentro del mes de la cédula.

Fundamento legal: Art. 132 fr. XXVI Bis de la Ley Federal del Trabajo; Ley del Instituto Fonacot y reglas de operación.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se reporta una baja en Fonacot?

En la cédula del mes se marca la incidencia B con la fecha de baja; así solo se paga lo que se retuvo.

¿Qué pasa si no reporto incidencias en la cédula de Fonacot?

Se debe pagar la cédula completa aunque no se haya retenido todo.

Contenido de cortesía · la información completa está en los planes de pago

Resuelve este tema de principio a fin, en tu nómina

Esto es un resumen gratuito. Si contratas un plan, tienes todo lo que necesitas para hacerlo en tu nómina:

Más sobre fonacot

Otros temas

Información de referencia con las tasas y valores de 2026, revisada el 08/10/2026. Verifica tu caso con la ley vigente (LSS, LISR, LFT, Ley del Infonavit y leyes estatales) o con tu asesor.