Incapacidades y ausentismos

Incapacidades del IMSS: quién paga, cuánto y cómo se registran

Enfermedad general 60 % desde el 4.º día, riesgo de trabajo y maternidad 100 %. Qué cuotas se dejan de pagar, cómo se capturan en el SUA y en nómina.

Actualizado el · Equipo editorial de Asesor de Nómina

Durante una incapacidad el patrón no paga salario por esos días (salvo que el contrato diga otra cosa): el IMSS paga al trabajador un subsidio.

TipoSubsidio del IMSSDesde
Enfermedad general60 % del SBCEl 4.º día (requiere 4 semanas cotizadas, art. 97 LSS)
Riesgo de trabajo100 % del SBCEl primer día (art. 58)
Maternidad100 % del SBC84 días: 42 antes y 42 después del parto (art. 101); requiere 30 semanas cotizadas en el último año
Ejemplo: enfermedad general de 7 días, SBC $526.03
ConceptoImporte
Días 1 a 3Sin subsidio ni salario
Días 4 a 7: 4 × ($526.03 × 60 %)$1,262.47 que paga el IMSS

Cuotas durante la incapacidad

  • No se pagan por esos días: enfermedades y maternidad, riesgos de trabajo, invalidez y vida, guarderías, cesantía y vejez.
  • Sí se pagan: retiro y aportación Infonavit (art. 31 fr. IV LSS).

En el SUA y en la nómina

  • SUA: se captura en Incap.txt y como movimiento 12 en Movt.txt, con el mismo folio y los mismos días.
  • Nómina: los días se descuentan (deducción 006 «descuento por incapacidad» o sin pagar esos días) y en el CFDI se informa el nodo de incapacidades con el tipo (01 riesgo de trabajo, 02 enfermedad general, 03 maternidad).
  • Infonavit: con la reforma al art. 29, en los créditos en pesos y en VSM las incapacidades ya no reducen la amortización; si el salario no alcanzó para retenerla, se reporta la retención insuficiente. En los créditos en porcentaje sí se restan.
Campo del SUAClaves
Rama1 Riesgo de trabajo · 2 Enfermedad general · 3 Maternidad
Tipo de riesgo0 Ninguno · 1 Accidente de trabajo · 2 Accidente de trayecto · 3 Enfermedad de trabajo
Control1 Única · 2 Inicial · 3 Subsecuente · 4 Alta médica (ST-2) · 7 Prenatal · 8 Enlace · 9 Postnatal

Errores comunes

  • Pagar el salario de los días incapacitados y además no registrar la incapacidad en el SUA.
  • Capturar la incapacidad solo en Incap.txt sin el movimiento 12.
  • Dejar de pagar retiro e Infonavit por esos días.
  • Restar las incapacidades al descuento Infonavit de un crédito en pesos o VSM (desde la reforma al art. 29 ya no se restan).
Fundamento legal: Arts. 31, 58, 96 a 98 y 101 a 103 de la Ley del Seguro Social; art. 29 de la Ley del Infonavit.

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la incapacidad?

El IMSS paga un subsidio al trabajador: 60 % del SBC desde el cuarto día en enfermedad general y 100 % desde el primer día en riesgo de trabajo y maternidad. El patrón no paga salario esos días.

¿Se pagan cuotas del IMSS durante una incapacidad?

No se pagan los seguros del IMSS ni cesantía y vejez por esos días, pero sí el retiro y la aportación al Infonavit.

¿Cuántos días de incapacidad da el IMSS por maternidad?

84 días con subsidio del 100 %: 42 antes y 42 después del parto. Pueden transferirse hasta 4 semanas de antes a después del parto con autorización médica.

Contenido de cortesía · la información completa está en los planes de pago

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