Horas extra 2026: dobles, triples, exento de ISR y la reforma de la jornada
26 de agosto de 2026 · 8 min de lectura · Asesor de Nómina
El decreto de reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de reducción de la jornada laboral, publicado en el DOF el 1 de mayo de 2026 y vigente desde ese día, cambió las reglas del tiempo extraordinario. La jornada máxima baja de forma gradual hasta 40 horas semanales en 2030 y el límite de horas extra al doble sube de 9 a 12 horas por semana.
Calendario de la reforma
| Año | Jornada semanal máxima | Horas extra al doble por semana |
|---|---|---|
| 2026 | 48 h | 9 h |
| 2027 | 46 h | 9 h |
| 2028 | 44 h | 10 h |
| 2029 | 42 h | 11 h |
| 2030 | 40 h | 12 h |
Cada cambio aplica a partir del 1 de enero del año correspondiente.
Cómo se pagan
| Tipo | Límite | Pago | Fundamento |
|---|---|---|---|
| Dobles | Hasta el límite semanal del año, en máximo 4 horas diarias y 4 días por semana | 100 % más del salario ordinario | Art. 66 LFT |
| Triples | Lo que exceda el límite anterior, máximo 4 horas a la semana | 200 % más del salario ordinario | Art. 68 LFT |
La suma de la jornada ordinaria y la extraordinaria nunca puede ser mayor a 12 horas diarias, y el trabajador no está obligado a laborar más tiempo del permitido.
ISR
- Horas dobles: exento el 50 % hasta 5 UMA por semana ($586.55 en 2026).
- Horas triples: gravadas en su totalidad.
- Quien percibe el salario mínimo: sus horas dobles dentro del límite legal están exentas al 100 %; las triples siguen gravadas.
IMSS
El tiempo extraordinario no integra al salario base de cotización mientras no exceda los límites de la Ley Federal del Trabajo; lo que exceda sí integra.
Registro electrónico de la jornada
La reforma obliga al patrón a registrar de manera electrónica la jornada de cada trabajador, con su hora de inicio y de fin, y a entregarla a la autoridad cuando se le requiera. Las disposiciones de la Secretaría del Trabajo entran en vigor el 1 de enero de 2027, y el incumplimiento se sanciona con multa de 250 a 5,000 UMA. La reducción de la jornada no puede implicar disminución de sueldos, salarios ni prestaciones.
Fundamento legal
- Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo en materia de reducción de la jornada laboral (DOF 1 de mayo de 2026) y sus artículos transitorios.
- Artículos 59, 61, 66, 68, 69, 132 fracción XXXIV y 994 fracción IV Bis de la Ley Federal del Trabajo.
- Artículo 93, fracción I, de la Ley del ISR.
- Artículo 27, fracción IX, de la Ley del Seguro Social.