Impuesto sobre nóminas · 2026

Impuesto sobre nóminas en Querétaro 2026

En Querétaro el ISN 2026 es de 3 % sobre las remuneraciones pagadas en el mes y se paga a más tardar el día 22 del mes siguiente. Lo paga el patrón; no se descuenta al trabajador.

Tasa 20263 %
Fecha de pagoA más tardar el día 22 del mes siguiente
FundamentoLey de Hacienda del Estado de Querétaro, Arts. 70 a 73
Quién lo pagaEl patrón, por los trabajadores que prestan sus servicios en Querétaro
BaseRemuneraciones por trabajo subordinado pagadas en el mes, menos lo que la ley del estado no grava

Ejemplo de cálculo

Nómina con base gravable de $100,000 pagada en el mes
Base gravable$100,000.00
Tasa3 %
ISN a pagar$3,000.00

Regla especial de Querétaro

Deducción a la base de 8 salarios mínimos mensuales (art. 72): réstala del monto que integra al declarar.

Qué no integra la base en Querétaro

9 conceptos no integran o integran con condiciones en Querétaro

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Cómo calcularlo paso a paso

  1. Toma los recibos de los trabajadores que prestan sus servicios en Querétaro (no importa dónde esté el domicilio fiscal).
  2. Suma las percepciones con fecha de pago dentro del mes: sueldos, horas extra, primas, aguinaldo, bonos y comisiones.
  3. Quita lo que la ley de Querétaro no grava; las faltas y las incapacidades no pagadas no entran en la base.
  4. Multiplica la base por 3 % y paga a más tardar el día 22 del mes siguiente.

Errores comunes

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la tasa del ISN en Querétaro en 2026?

La tasa es 3 % sobre las remuneraciones por trabajo subordinado pagadas en el mes (Ley de Hacienda del Estado de Querétaro, Arts. 70 a 73).

¿Cuándo se paga el impuesto sobre nóminas en Querétaro?

A más tardar el día 22 del mes siguiente.

¿Quién paga el ISN en Querétaro?

El patrón, con su propio dinero, por los trabajadores que prestan sus servicios en Querétaro. No se descuenta al trabajador y es deducible para ISR.

¿Pago el ISN en Querétaro si mi domicilio fiscal está en otro estado?

Sí. El ISN se paga en el estado donde se presta el trabajo. Si tienes trabajadores en Querétaro, pagas ahí por ellos aunque la empresa esté registrada en otro estado.

¿Qué regla especial tiene Querétaro?

Deducción a la base de 8 salarios mínimos mensuales (art. 72): réstala del monto que integra al declarar.

Fuente: Ley de Hacienda del Estado de Querétaro, Arts. 70 a 73, texto 2026. Revisado el 26/10/2026. Las leyes estatales cambian cada año: confirma en la publicación oficial del estado.

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